DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 154/2016, de 18 de octubre.
DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 154/2016, de 18 de octubre, por el que se formaliza y regula la Mesa de Diálogo Civil de Bizkaia.
Decreto Foral 11/2023, de 13 de junio
Decreto Foral 11/2023, de 13 de junio, por el que se crea y regula la Mesa de Diálogo Civil de Gipuzkoa.
LEY 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión.
LEY 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión.
Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales
La competencia autonómica en materia de servicios sociales se enmarca, con carácter general, en la obligación que el artículo 9.2 del Estatuto de Autonomía atribuye a los poderes públicos vascos de adoptar medidas dirigidas a promover las condiciones y a remover los obstáculos para que la libertad y la igualdad de las personas y de los grupos en que se integran sean efectivas y reales, y, con carácter específico, en los artículos 9.2, 10.12, 10.14 y 10.39 del Estatuto de Autonomía, que, al amparo del artículo 148.1.20 de la Constitución de 1978, atribuyen a la Comunidad Autónoma del País Vasco competencia exclusiva en materia de asistencia social, de organización, régimen y funcionamiento de las instituciones de protección y tutela de menores, y de desarrollo comunitario, igualdad, política infantil y juvenil y de personas mayores.